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SOBRE EL DERECHO LABORAL EN

COLOMBIA.

!Bienvenido! En esta sección encontrarás la información escencial en relación a los derechos (o deberes) que tú y yo como empleados (o empleadores) debemos conocer de primera mano, y todo para garantizar el bienestar social que el Estado promueve en la Constitución Política. Lo primero que debemos hacer es 'empaparnos' del tema, no sea que por desconocimiento de la norma terminemos perdiendo lo que por ley nos corresponde.

 

¿Te sucede que miras las leyes como un cuento 'raro' y de manejo exclusivo para abogados? ¿o peor aún, que lees una norma y sus complejas palabras hacen que te quedes en las mismas? Pues bien, acá encontrarás de una forma simple y desglosada toda la información en materia de Derechos Laborales; así que... ¡Adelante!

      ¿Cuántos principios laborales existen?

 

Según los tratados internacionales y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que es la entidad mundial más importante en la vigilancia de los derechos laborales son ocho, aunque a veces se habla de nueve. Miremos a continuación.

 

     Principio de Obligatoriedad Laboral.

 

Más que un derecho, esta norma es un deber que tenemos como habitantes del país, se trata de asumir el trabajo como un compromiso para construir sociedad, ayudando pues al desarrollo de nuestra nación y a su crecimiento económio. 

 

Este principio establece el trabajo como una obligación social.

 

 

        Principio de Igualdad de derechos.

 

Tal y como lo consagra nuestra constitución política, tenemos derecho a ser tratados por igual sin importar el color de piel, la raza, el sexo, la ideología política, preferencia sexual o religión; todo esto aplica en el campo laboral pues no podrá existir discriminación, tratos preferentes o diferenciables ni beneficios individuales que 'atropeyen' el bien común. 

 

 

                  Principio de Estabilidad.

 

Este mandato nos garantiza el derecho a mantener nuestro puesto de trabajo al interior de la empresa  y a no ser despedidos sin una causa justa comprobable, por ejemplo aplica para mujeres embarazadas o lactantes, trabajadores sindicalizados, empleados con discapacidad, entre otros. Todo ello se conoce como "Fuero"; que significa excensión, privilegio o exclusión.

 

Los fueros en contexto con el Derecho Laboral se traducen como la imposibilidad por parte del empleador y como privilegio del empleado el no ser despedido, trasladado o desmejorado de los beneficios que por ley le corresponden. Existen varios fueros, pero entre los más comunes podemos encontrar:

 

Fuero Sindical: Aplicable a quienes integran sindicatos dentro de las organizaciones.

 

Fuero Coletivo o Circunstancial: Similar al anterior, pero difiere en que los trabajadores aún no se encuentran organizados como sindicato, sino como grupo.

 

Fuero de Maternidad: Como el nombre lo indica se aplica para mujeres en gestación (embarazo) o lactancia.

 

Fuero de Paternidad: En este caso beneficia al padre del lactante (recién nacido) con unos días a su favor.

 

Fuero de Discapacidad: Hace referencia a las personas que sufrieron o no, un accidente, y alcanzaron un grado temporal o permantente de discapacidad física o motriz.

 

Fuero de Vejez: Sucede y aplica para las personas que habiendo alcanzado su jubilación deciden continuar laborando para la Organización.

 

 

 

¿Ves que no era tan complicado?

¡¡Si aún tienes dudas, no dejes de visitar este BLOG!!

 

 

 

 

    ¿Qué son principios en el Derecho? 


Son normas, leyes o mandatos que se deben cumplir en la mayor medida posible según las probabilidades reales y/o legales disponibles en torno al medio laboral nacional.

   

     Principio de la Libertad del Trabajo.

 

Este mandato nos garantiza el derecho a escoger libremente y sin presiones la clase de profesión que queremos realizar, pues en Colombia toda persona es libre de escoger su oficio o profesión, incluye lo que deseemos estudiar, así como la empresa donde queramos trabajar y el Estado debe darnos garantía de esto.

 

 

   Principio de la Protección del Trabajo.

 

Podemos definir esta norma como el compromiso que tiene el Estado Colombiano para garantizar la protección del empleo a través de una institución defensora nombrada Ministerio del Trabajo y Protección Social.

 

 

    Principio de Primacia de la Realidad.

 

Como su nombre lo indica, la realidad es la que tiene la prioridad. Si en un trabajo al firmarse el contrato se acordó previamente un arreglo entre el trabajador y el empleador, habrá preferencia por lo que sucede en el medio laboral, o sea en la realidad, desconociendo así el acuerdo pactado. 

 

 

             Principio de Favorabilidad.

 

De lejos, es la norma o mandato más importante del Derecho Laboral, y se fundamenta sobre la desigualdad, haciendo que la parte menos beneficiada se iguale. Se basa en tres reglas:

 

Condición más Beneficiosa: en caso de salir una nueva norma, si la norma antigua beneficia mejor al trabajador, la nueva no tendrá efecto y viceversa.

 

Regla más Favorable: Si varias normas regulan un mismo asunto laboral, se aplica la que favorece más al trabajador.

 

In dubio pro operario: significa "duda en favor del trabajador", cuando una misma norma tiene varias interpretaciones, se utiliza la más favorable.

 

 

Principio de Irrenunciabilidad de Derechos.

 

En esta norma se establece que el trabajador no puede ni debe, voluntariamente, privarse de las garantías legales a las que tiene derecho, aún cuando sea por beneficio propio; esto significa que un empleado no puede renunciar al derecho de tener una EPS, ni al auxilio de transporte, o la ARL, pensión y cesantías ni a las vacaciones.

 

 

Principio del Mínimo Vital.

 

Por último y no menos importante, este mandato se refiere a la obligación que tiene el Estado de garantizar a los trabajadores mediante acto legislativo un pago mínimo mensual para que el empleado y su familia gocen de una mayor calidad de vida. En pocas palabras, es lo que conocemos como Salario Mínimo Legal Vigente (SMLV).

© SENA RR.HH creado por Manuel Montoya. Gestión del Talento Humano. Ficha 955244

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